Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorDamià Martí, Eduardo
dc.contributor.otherBoldó Roda, Carmen
dc.contributor.otherUniversitat Jaume I. Departament de Dret Privat
dc.date.accessioned2018-04-06T11:19:11Z
dc.date.available2018-04-06T11:19:11Z
dc.date.issued2018-01-22
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10234/173951
dc.descriptionTreball Final del Màster Universitari en Advocacia. Codi: SRJ010. Curs acadèmic 2017-2018ca_CA
dc.description.abstractLa situación económica que atraviesa España desde la crisis del año 20081 ha generado un auge en la materia concursal que se ha ido prolongando hasta en la actualidad. La estadística2 dice que aproximadamente ocho de cada diez concursos de acreedores quedan abocados a la liquidación. En cambio, como veremos a continuación, la Ley Concursal parece más proclive a que el convenio se presente como la conclusión normal3 del procedimiento. El convenio de acreedores tiene sentido cuando la empresa es viable y puede hacer frente a los créditos de sus acreedores. Desgraciadamente, esta situación no es la habitual, por lo que entendemos que la legislación en este punto presenta un escollo de cara a salvaguardar los intereses de los acreedores4. En esta situación, nos encontramos en concursos de acreedores donde existen o se generen más deudas que bienes para satisfacer los créditos de los acreedores o bien los activos del deudor no sean suficientes para cubrir la totalidad de los créditos contra la masa. Esto sucede a raíz de que el deudor no tiene suficiente patrimonio con el que pagar a sus los créditos de sus acreedores. Esta situación se conoce como insuficiencia de masa activa. En estos casos, urge concluir el concurso lo antes posible con el objetivo de que no se incrementen más las deudas. La insuficiencia de masa puede producirse en cualquier momento procesal; en el momento anterior a la declaración del concurso, en la declaración del mismo, durante la fase común o en la fase de liquidación5. Como veremos a lo largo del trabajo, como consecuencia de la declaración de insuficiencia de masa se producen dos efectos trascendentes como son la suspensión del curso normal del proceso concursal6 y la sustitución de la regla del pago de deudas al vencimiento por un sistema de graduación7. Es el caso que nos ocupa, cuando un deudor no tiene suficientes bienes con los que hacer frente las deudas contra la masa. En estas páginas, analizaremos la situación que se produce ante la inexistencia de masa activa y las consecuencias que de ello se derivan. Los efectos que se desprenden de esta situación tienen gran trascendencia de cara a las posibilidades de cobro de los acreedores como veremos a continuación.ca_CA
dc.format.extent36 p.ca_CA
dc.format.mimetypeapplication/pdfca_CA
dc.language.isospaca_CA
dc.publisherUniversitat Jaume Ica_CA
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectMàster Universitari en Advocaciaca_CA
dc.subjectMáster Universitario en Abogacíaca_CA
dc.subjectMaster's Degree in Professional Legal Practiceca_CA
dc.subjectLey Concursalca_CA
dc.subjectAdministrador Concursalca_CA
dc.subjectLey de Sociedad de Capitalesca_CA
dc.subjectCódigo Civilca_CA
dc.titleLa insuficiencia de masa activaca_CA
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesisca_CA
dc.educationLevelEstudios de Postgradoca_CA
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessca_CA


Ficheros en el ítem

Thumbnail
Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como: Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional