Denegación de dos pensiones de IPT sucesivas en el mismo régimen y discriminación indirecta por razón de sexo. Al hilo de la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 30 de junio de 2022 (KM contra INSS)
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Mostrar el registro completo del ítemcomunitat-uji-handle:10234/9
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Título
Denegación de dos pensiones de IPT sucesivas en el mismo régimen y discriminación indirecta por razón de sexo. Al hilo de la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 30 de junio de 2022 (KM contra INSS)Autoría
Fecha de publicación
2022-12-30Editor
Ediciones Laborum, S.L.ISSN
2386-7191; 2387-0370Cita bibliográfica
BALLESTER PASTOR, Inmaculada. Denegación de dos pensiones de IPT sucesivas en el mismo régimen y discriminación indirecta por razón de sexo: Al hilo de la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 30 de junio de 2022 (KM contra INSS). Revista de derecho de la seguridad social. Laborum, 2022, núm. 33, p. 107-124Tipo de documento
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https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/649Versión
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Resumen
A KM se le reconocen dos pensiones de IPT sucesivas, ambas en el Régimen General, por no poder desarrollar, primero, la profesión de administrativa y, 19 años después, la profesión de subalterna de casal. El Tribunal ... [+]
A KM se le reconocen dos pensiones de IPT sucesivas, ambas en el Régimen General, por no poder desarrollar, primero, la profesión de administrativa y, 19 años después, la profesión de subalterna de casal. El Tribunal Supremo sólo ha admitido compatibilizar dos pensiones de IP si las mismas se causan desde Regímenes de Seguridad Social distintos, ex. art. 163.1º del TRLGSS. Aplicando tal doctrina, el INSS deniega a KM la compatibilidad de ambas pensiones y KM interpone demanda contra el INSS. El Juzgado de lo Social nº 26 de Barcelona plantea, entonces, cuestión prejudicial ante el TJUE al entender que si esta desventaja afecta proporcionalmente más a mujeres que a hombres aparece una discriminación indirecta prohibida por el art. 4º de la Directiva 79/7. Se analiza aquí los precedentes y el contenido de la Sentencia del TJUE que resuelve la mentada la cuestión prejudicial, un pronunciamiento que no otorga una respuesta definitiva al Juez remitente y que queda condicionado a que se delimite más concretamente el colectivo perjudicado por tal doctrina judicial, un paso previo imprescindible para estar en condiciones, después, de resolver si, efectivamente, esta desventaja afecta a más mujeres que a hombres. [-]
Publicado en
Revista de derecho de la seguridad social. Laborum, 2022, núm. 33, p. 107-124Derechos de acceso
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