Determinación del convenio aplicable al personal de empresas multiservicios sin convenio propio: (al fin) la realidad supera la ficción. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 438/2020, de 11 de junio
![Thumbnail](/xmlui/bitstream/handle/10234/201346/73093.pdf.jpg?sequence=4&isAllowed=y)
View/ Open
Metadata
Show full item recordcomunitat-uji-handle:10234/9
comunitat-uji-handle2:10234/8650
comunitat-uji-handle3:10234/8651
comunitat-uji-handle4:
INVESTIGACIONMetadata
Title
Determinación del convenio aplicable al personal de empresas multiservicios sin convenio propio: (al fin) la realidad supera la ficción. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 438/2020, de 11 de junioAuthor (s)
Date
2020Publisher
Centro de Estudios Financieros - CEFISSN
2792-8314; 2792-8322Bibliographic citation
MIÑARRO YANINI, Margarita. Determinación del convenio aplicable al personal de empresas multiservicios sin convenio propio:(al fin) la realidad supera la ficción: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 438/2020, de 11 de junio. Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, 2020, p. 232-239Type
info:eu-repo/semantics/articlePublisher version
https://revistas.cef.udima.es/index.php/rtss/article/view/950Version
info:eu-repo/semantics/publishedVersionAbstract
Las empresas multiservicios, fórmula de externalización en boga en los últimos tiempos, son, como su propio nombre indica, empresas que generalmente prestan una pluralidad de servicios para otras, desarrollando su ... [+]
Las empresas multiservicios, fórmula de externalización en boga en los últimos tiempos, son, como su propio nombre indica, empresas que generalmente prestan una pluralidad de servicios para otras, desarrollando su actividad amparadas en los amplísimos mecanismos de subcontratación ex artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores (ET). No obstante, por lo común, asumen tareas en las que es esencial el componente personal y no así el material, prestando servicios desmaterializados, lo que las aleja de las empresas subcontratistas tradicionales y las aproxima sustancialmente a las empresas de trabajo temporal (ETT). En consecuencia, realmente las empresas multiservicios operan aprovechando el espacio legal extenso y laxo de la subcontratación para escapar de la más rigurosa regulación de las ETT, con las que presentan innegables conexiones materiales. [-]
Is part of
Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, 2020, p. 232-239Rights
info:eu-repo/semantics/openAccess
This item appears in the folowing collection(s)
- DTR_Articles [39]