La situación del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbano (tras la última jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo)
Visualitza/
Metadades
Mostra el registre complet de l'elementcomunitat-uji-handle:10234/158176
comunitat-uji-handle2:10234/71324
comunitat-uji-handle3:10234/161132
comunitat-uji-handle4:
TFG-TFMAquest recurs és restringit
Metadades
Títol
La situación del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbano (tras la última jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo)Autoria
Tutor/Supervisor; Universitat.Departament
Martínez Ballester, Juan Amadeo; Universitat Jaume I. Departament de Dret PúblicData de publicació
2020-07-09Editor
Universitat Jaume IResum
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos Urbanos es un impuesto
que tiene solera en nuestro ordenamiento tributario, puesto que es un impuesto de los
que llamamos antiguos,(Real Decreto de 13 de marzo ... [+]
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos Urbanos es un impuesto
que tiene solera en nuestro ordenamiento tributario, puesto que es un impuesto de los
que llamamos antiguos,(Real Decreto de 13 de marzo de 1919) que se ha ido
quedando. El sistema tributario en sí no resisten bien una lectura de la
constitucionalidad, ya que se han ido añadiendo figuras tributarias, pero que se
considera idóneo para la tributación municipal en un país como España, ya que un
país con mas de 8000 municipios, con competencias que no siempre pueden llevar a
cabo. Por los problemas de gestión propia.
Es un impuesto que funcionaba bien, porque es un impuesto de piloto automático, que
descansa sobre valoraciones catastrales, donde es una ecuación que da un valor tras
una fórmula matemática fija. La vivienda al haber sido una inversión donde se supone
que siempre tendría una subida de su valor. Situación que generaba problemas en el
pasado pero no lo suficientemente evidentes para haber legislado de manera más
certera.
Los problemas que generaba el impuesto, es decir, el gravamen de plusvalías
totalmente ficticias y de minusvalías, no es un problema nuevo, aunque sí, su
generalización. Resaltando que cuando se tramitaba la Ley de haciendas locales de
1988 en las que hubieron minorías de Cataluña y Coalición popular con diferentes
enmiendas en el que el impuesto podía gravar plusvalías ficticias y que eso podía
infringir el artículo 31 de la CE, El principio de capacidad económica.
Siendo estos autores de estas enmiendas, que teniendo responsabilidades de
gobierno, que con esta información pudieran haber cambiado las cosas, pero que no
se hizo.
La Constitución española recoge en el articulo número 142 que las haciendas locales
deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la [...] [-]
Paraules clau / Matèries
Descripció
Treball Final de Grau. Grau en Gestió i Administració Pública. Codi: GA1242. Curs acadèmic 2019-2020
Tipus de document
info:eu-repo/semantics/bachelorThesisDrets d'accés
http://rightsstatements.org/vocab/CNE/1.0/
info:eu-repo/semantics/restrictedAccess
info:eu-repo/semantics/restrictedAccess