La directiva 2006/123/CE y su contexto
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemcomunitat-uji-handle:10234/25884
comunitat-uji-handle2:10234/25938
comunitat-uji-handle3:
comunitat-uji-handle4:
SEDAMetadatos
Título
La directiva 2006/123/CE y su contextoAutoría
Fecha de Publicación
2010Resumen
La controversia suscitada por la Directiva 2006/123/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en
el mercado interior, ha abierto un gran debate sobre su oportunidad ... [+]
La controversia suscitada por la Directiva 2006/123/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en
el mercado interior, ha abierto un gran debate sobre su oportunidad y contenido en el
seno de las Instituciones de la Unión Europea, despertando el interés, desde perspectivas
muy variadas, de grupos sociales y de la opinión pública en general, de la mayoría
de los Estados miembros, con una intensidad hasta la fecha inusitada, para tratarse de
una norma derecho derivado. Comprender esta polémica requiere situar la Directiva
2006/123 en el contexto de una Europa que reclama el efectivo establecimiento del
mercado interior de servicios y que, al mismo tiempo, está llamada a arbitrar un debido
equilibrio entre la apertura de los mercados, la preservación de los servicios públicos, los
derechos sociales y los derechos de los destinatarios de los servicios. La complejidad de
la consecución de este objetivo a través de una Directiva de marcado carácter horizontal
y con vocación de erigirse en marco jurídico general para todos los servicios, se puso
ya de manifiesto en el periodo de su gestación, trascurrido el cual, el nuevo producto
normativo refleja el apasionado debate que lo impulsó y acredita bajas importantes en
el conjunto de las propuestas iniciales, como acaece con el denominado principio del
país de origen. Aspectos tales como la técnica legislativa empleada, el ámbito de aplicación
y el amplio catálogo de excepciones que incorpora concitan la atención desde
distintos ángulos, y, en especial, sobre la base de una distinción entre el derecho de
establecimiento y la libre prestación de servicios, pese a que la Directiva parece difuminar
las tenues fronteras entre ambas libertades al otorgar protagonismo a la noción de
prestador de los servicios. La eventual tensión entre libertades de circulación y derechos fundamentales merece cierta reflexión al hilo de las relaciones de la Directiva con otras
disposiciones del Derecho de la Unión y, en particular, con la Carta de los derechos
fundamentales surgida en Niza, y que, tras Lisboa, goza del mismo valor jurídico que
los Tratados.
Por último, habida cuenta de que la Directiva acomete una codificación de los
principios que animan las libertades de establecimiento y de prestación de servicios, así
como de los limites a sus restricciones, según se infiere de la jurisprudencia del Tribunal
de Justicia, desarrollada a lo largo de más de 50 años, resulta conveniente acometer
un análisis sobre sus verdaderas aportaciones. [-]
The controversy raised by the Directive 2006/123/EC of the European
Parliament and the Council of 12 December 2006 on services in the internal market, has
opened a great debate over its timing and content within the ... [+]
The controversy raised by the Directive 2006/123/EC of the European
Parliament and the Council of 12 December 2006 on services in the internal market, has
opened a great debate over its timing and content within the Institutions of the European
Union, attracting interest from a variety of perspectives, social groups and the general
public, from the majority of the States Members, with an intensity so far unused, in the
case of a standard legislation. Understanding this debate requires places it (Directive
2006/123) in the context of a Europe that calls for the effective implementation of
internal market for services and at the same time is called upon to arbitrate a proper
balance between open markets, the preservation of public services, social rights and the
rights of recipients of services. The complexity of achieving this goal through a distinctly
horizontal directive and a vocation to be general legal framework for all services was
already manifest in the period of gestation, after which the new product policy reflects
the passionate debate that prompted him and proves important players in the set of initial
proposals, as happens with so-called principle of country of origin. Issues such as the
legislative technique, the scope and the wide range of exceptions that includes focus the
attention from different angles, and in particular on the basis of a distinction between
the right of establishment and freedom to provide services, although that the directive
seems to blur the fine line between the two freedoms by giving prominence to the notion
of providing the services. The possible tension between freedom of movement and rights
deserve some thought to the thread of the relationship of the Directive with other provisions
of Union law and in particular the Charter of fundamental rights emerged in Nice, and
that after Lisbon , has the same value as the Treaties.
Finally, given that the Directive undertakes a codification of the principles that
encourage the freedom of establishment and provision of services and the limits to restrictions,
as inferred from the Court of Justice, developed for over 50 years, making it
suitable for an analysis of actual contributions. [-]
Palabras clave / Materias
Descriptores
Publicado en
Revista Aragonesa de Administración Pública, 2010, MONOGRÁFICO XII, Directiva Bolkestein, p. 17- 46Tipo de documento
info:eu-repo/semantics/articleEditor
Diputación General de Aragón. Departamento de PresidenciaDerechos de acceso
http://rightsstatements.org/vocab/CNE/1.0/
info:eu-repo/semantics/openAccess
info:eu-repo/semantics/openAccess