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dc.contributor.authorVicente-Pachés, Fernando
dc.date.accessioned2020-12-01T17:46:16Z
dc.date.available2020-12-01T17:46:16Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.citationVICENTE PACHÉS, Fernando de. El Convenio 190 OIT y su trascendencia en la gestión preventiva de la violencia digital y ciberacoso en el trabajo. Estudios financieros. Revista de trabajo y seguridad social: Comentarios, casos prácticos: recursos humanos, 2020, núm. 448, p. 69-106ca_CA
dc.identifier.issn138-9532
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10234/190645
dc.description.abstractEn la evolución de las relaciones laborales, el trabajo telemático y la utilización de los dispositivos tecnológicos se han incrementado de manera significativa. La violencia digital y ciberacoso en el trabajo surgen como consecuencia de una inadecuada utilización de las tecnologías de la información y comunicación, especialmente de internet, las redes sociales y la telefonía móvil, presentes de manera frecuente en el ámbito de las relaciones personales y cada vez en mayor medida en las relaciones del mundo del trabajo. El objetivo de este estudio consiste en exponer una serie de ideas y reflexiones en relación con el fenómeno de la violencia digital y ciberacoso en el trabajo y la repercusión del Convenio OIT 190 en la prevención de estos riesgos psicosociales emergentes, desde el momento que esta norma internacional reconoce expresamente el derecho de toda persona a un entorno de trabajo libre de violencia y acoso. La violencia y acoso digital que se produce en las organizaciones productivas es cada vez más un grave problema de salud laboral en el ambiente de trabajo. La incidencia de esta forma de acoso en la salud de las personas trabajadoras tiene la suficiente entidad como para exigir un tratamiento jurídico específico en la normativa preventiva de riesgos laborales, siendo la tutela preventiva el instrumento adecuado para evitar que la violencia digital y el ciberacoso en el trabajo se extiendan progresivamente.ca_CA
dc.format.extent42 p.ca_CA
dc.format.mimetypeapplication/pdfca_CA
dc.language.isospaca_CA
dc.publisherCentro de Estudios Financierosca_CA
dc.relation.isPartOfRevista de trabajo y seguridad social: Comentarios, casos prácticos: recursos humanos, 2020, núm. 448, p. 69-106ca_CA
dc.rights© 2020. Centro de Estudios Financieros. "Todos los derechos reservados. Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización del Centro de Estudios Financieros, CEF, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra."ca_CA
dc.rights.urihttp://rightsstatements.org/vocab/InC/1.0/*
dc.subjectriesgo laboral psicosocialca_CA
dc.subjectprevención y saludca_CA
dc.subjectviolencia digital y ciberacoso en el trabajoca_CA
dc.subjectpolítica de uso de redesca_CA
dc.subjectConvenio 190 OITca_CA
dc.titleEl Convenio 190 OIT y su trascendencia en la gestión preventiva de la violencia digital y ciberacoso en el trabajoca_CA
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articleca_CA
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessca_CA
dc.relation.publisherVersionhttps://www.laboral-social.com/convenio-190-oit-trascendencia-gestion-preventiva-violencia-digital-ciberacoso-trabajo.htmlca_CA
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersionca_CA


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