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dc.contributorBurgos Giner, María Ángeles
dc.contributor.authorMonzonís Doñate, Emilio José
dc.contributor.otherUniversitat Jaume I. Departament de Psicologia Evolutiva, Educativa, Social i Metodologia
dc.date.accessioned2015-09-23T07:01:08Z
dc.date.available2015-09-23T07:01:08Z
dc.date.issued2015
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10234/133725
dc.descriptionTreball Final de Grau en Relacions Laborals i Recursos Humans. Codi: RL0947. Curs: 2014/2015ca_CA
dc.description.abstractLa importancia creciente que ha ido adquiriendo la conciliación de la vida personal, laboral y familiar en los últimos años, tiene su reflejo en las normas que regulan las relaciones entre empresarios y trabajadores. Podemos constatar cómo, entre la primera redacción del Estatuto de los Trabajadores en 1980 y la actual, se han introducido importantes mejoras en este aspecto. Así, en el art. 37.Tres.b) de aquel texto no se incluían los supuestos de simple hospitalización, ni tampoco de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, que el actual texto sí recoge. El punto Cuatro del mencionado artículo, dedicado al permiso por lactancia, no incluía los supuestos de adopción o acogimiento, ni tenía previsto ampliar su duración en casos de parto múltiple, así como tampoco contemplaba la posibilidad de acumular las horas del permiso en jornadas completas, y concedía el permiso solo a la madre, olvidándose del padre. En el texto actual se contemplan permisos que en la primera redacción de 1980 no se mencionaban en absoluto. Estos son, el permiso regulado en el art. 37.3.f), que concede permiso para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, y el regulado en el art. 37.4.bis, que se refiere a los hijos prematuros o que deban ser hospitalizados a continuación del parto. En la negociación colectiva, como más adelante veremos, se ha producido un avance aún más significativo en este terreno. Como no podía ser de otra manera, pues la negociación colectiva está en contacto permanente y directo con la realidad social de la que es reflejo. En este trabajo vamos a tratar de mostrar cual es el panorama actual de los permisos retribuidos por circunstancias familiares. Para ello partiremos de la normativa actual, principalmente el Estatuto de los Trabajadores. A continuación haremos una incursión en las reflexiones que la doctrina científica y la jurisprudencia han hecho a su propósito, aclarando conceptos, despejando dudas interpretativas, y buscando siempre su mejor acomodo, tanto dentro del marco normativo como del entorno social que está siempre en constante evolución. Finalmente veremos cómo estos permisos han sido recogidos por la negociación colectiva.ca_CA
dc.format.mimetypeapplication/pdfca_CA
dc.language.isospaca_CA
dc.publisherUniversitat Jaume Ica_CA
dc.rights.urihttp://rightsstatements.org/vocab/CNE/1.0/*
dc.subjectGrau en Relacions Laborals i Recursos Humansca_CA
dc.subjectGrado en Relaciones Laborales y Recursos Humanosca_CA
dc.subjectBachelor's Degree in Labour Relations and Human Resourcesca_CA
dc.subjectNegociación colectivaca_CA
dc.subjectPermisos retribuidosca_CA
dc.subject.lcshLeave of absenceca_CA
dc.subject.lcshCollective bargainingca_CA
dc.subject.otherNegociacions col·lectives de treballca_CA
dc.subject.otherLlicències (Treball)ca_CA
dc.titleLos permisos retribuidos por circunstancias familiares : su tratamiento en la negociación colectivaca_CA
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisca_CA
dc.educationLevelEstudios de Gradoca_CA
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessca_CA


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