Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributorCamarero Suárez, Victoria
dc.contributor.authorMarco Prats, Elisa
dc.contributor.otherUniversitat Jaume I. Unitat Predepartamental de Dret del Treball i Seguretat Social i Eclesiàstic de l'Estat
dc.date.accessioned2015-09-11T06:48:20Z
dc.date.available2015-09-11T06:48:20Z
dc.date.issued2015
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10234/131885
dc.descriptionTreball Final de Grau en Dret. Codi: DR1052. Curs: 2014/2015ca_CA
dc.description.abstractLa sociedad multicultural en la que actualmente vivimos plantea una multitud de complejos retos en los más diversos ámbitos cultural, educativo, económico, sociocultural y muy especialmente en el campo del Derecho. En efecto, la llegada a Europa de un gran número de personas inmigrantes procedentes de otros círculos culturales, y sobre todo del mundo islámico, ha obligado a nuestro sistema jurídico a hacer frente a nuevos problemas suscitados por concepciones jurídicas y morales muy distintas a las occidentales. De esta manera, nos hemos encontrado ante cuestiones como el matrimonio poligámico, las discriminaciones hereditarias por motivos religiosos, la exclusión de la adopción, entre otras. Esta problemática también se proyecta a lo referente al atuendo y en concreto al velo integral que visten algunas mujeres procedentes de países asiáticos y africanos predominantemente debido a sus tradiciones, aunque no exclusivamente la islámica1 . El conjunto de significados diversos atribuidos al velo islámico son sintomáticos de un debate mucho más profundo sobre quién puede hablar en nombre del Islam y de los musulmanes, el vestido islámico femenino continuará siendo también un tema muy abierto de discusión2 . En este orden, interesa poner de manifiesto que el Islam no hizo obligatorio descubrir la cara, pero sí que recae obligación en cubrir el cabello. Ni el Corán ni las tradiciones ofrecen razones para entender el uso obligado para las mujeres de cubrir el rostro ni las manos, aunque sí los adornos, y con ello, los maquillajes3 . El velo integral es frecuentemente prohibido o limitado en determinados países en razón de muy diversos motivos como pueden ser, entre otros, la seguridad ciudadana, la lucha contra la discriminación o la salvaguarda de los principios laicos en determinados espacios4 . El tema que tratamos en este estudio se centra en la prohibición del velo integral, burka y niqab, de forma absoluta en los espacios públicos. En los últimos años, media Europa, se está planteando su regulación adoptándose diferentes soluciones al respecto, haciendo que el debate se produzca tanto en el ámbito político como en el jurídico y no siempre con una respuesta uniforme al respecto5 . En este estudio nos proponemos, en primer lugar, analizar cuáles son los criterios que la jurisprudencia ha utilizado en los conflictos que se han planteado entre los aspectos positivos y, en concreto, analizaremos la Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de febrero de 2013.ca_CA
dc.format.mimetypeapplication/pdfca_CA
dc.language.isospaca_CA
dc.publisherUniversitat Jaume Ica_CA
dc.rights.urihttp://rightsstatements.org/vocab/CNE/1.0/*
dc.subjectGrau en Dretca_CA
dc.subjectGrado en Derechoca_CA
dc.subjectBachelor's Degree in Lawca_CA
dc.subjectVelo integralca_CA
dc.subjectHijabca_CA
dc.subjectSentenciasca_CA
dc.subjectTribunal supremoca_CA
dc.subjectIndumentaria islámicaca_CA
dc.subject.otherHijab (Indumentària islàmica)ca_CA
dc.subject.otherDones en l'islamismeca_CA
dc.titlePosicionamiento del Tribunal Supremo en relación al velo integral : Sentencia 69/2013, de 6 de febrero 2013 y su proyección en eventuales iniciativas legislativas en Españaca_CA
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisca_CA
dc.educationLevelEstudios de Gradoca_CA
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessca_CA


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem