La ejecutoriedad del acuerdo de mediación
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Show full item recordcomunitat-uji-handle:10234/9
comunitat-uji-handle2:10234/8613
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INVESTIGACIONMetadata
Title
La ejecutoriedad del acuerdo de mediaciónAuthor (s)
Date
2013-01Publisher
Lefebvre – El DerechoType
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info:eu-repo/semantics/publishedVersionSubject
Abstract
Con la promulgación del Real Decreto-Ley 5/2012, de cinco de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles (en adelante, RDL 5/2012) -EDL 2012/19653-, se incorporaba a nuestro ordenamiento, con retraso, la ... [+]
Con la promulgación del Real Decreto-Ley 5/2012, de cinco de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles (en adelante, RDL 5/2012) -EDL 2012/19653-, se incorporaba a nuestro ordenamiento, con retraso, la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 mayo 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles -EDL 2008/48365-. Sin embargo, es de justicia recordar que el anterior Gobierno intentó, pero sin éxito por la disolución anticipada de las Cámaras, trasponer la citada Directiva, pues el 11 abril 2011 presentó el Proyecto de Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles. El RDL 5/2012 fue derogado por la Disp. Derog. de la Ley 5/2012, de 6 julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles (BOE de 7 julio), en adelante LM 5/2012. Si se compara el contenido del citado Proyecto con el texto de la LM 5/2012 -EDL 2012/19653-, se observa que una de las diferencias sustanciales entre ambos textos se refiere a una cuestión fundamental de la mediación, la ejecutoriedad del acuerdo que alcancen las partes. [-]
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Revista de Jurisprudencia (2013), núm. 2Rights
© Lefebvre – El Derecho S.A.
http://rightsstatements.org/vocab/InC/1.0/
info:eu-repo/semantics/openAccess
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