La regresividad del derecho a la asistencia sanitaria: La pérdida de la universalidad se ceba en los «inmigrantes irregulares»: comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 139/2016, de 21 de julio
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INVESTIGACIONMetadatos
Título
La regresividad del derecho a la asistencia sanitaria: La pérdida de la universalidad se ceba en los «inmigrantes irregulares»: comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 139/2016, de 21 de julioAutoría
Fecha de publicación
2016-11Editor
Centro de Estudios FinancierosCita bibliográfica
MIÑARRO YANINI, Margarita. La regresividad del derecho a la asistencia sanitaria: La pérdida de la universalidad se ceba en los «inmigrantes irregulares»: comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 139/2016, de 21 de julio. Estudios Financieros: Revista de Trabajo y Seguridad Social (2016), n. 404, pp. 145-150Tipo de documento
info:eu-repo/semantics/articleVersión de la editorial
http://www.laboral-social.com/regresividad-derecho-asistencia-sanitaria-perdida- ...Palabras clave / Materias
Resumen
Dada la relevancia del bien jurídico protegido, la protección de la salud tiende a reconocerse bajo fórmulas de universalidad, recurriendo a términos impersonales -"se reconoce"-, sin especificar titulares beneficiarios, ... [+]
Dada la relevancia del bien jurídico protegido, la protección de la salud tiende a reconocerse bajo fórmulas de universalidad, recurriendo a términos impersonales -"se reconoce"-, sin especificar titulares beneficiarios, o a cláusulas abiertas -"de todos"-. Es por ello que se trata de un derecho de la persona, más que de la ciudadanía, sin perjuicio de su especificación en ciertos ámbitos (art. 40.2 CE, en relación con los trabajadores). Por ese motivom se reconoce también a las personas extranjeras (art. 13.1 CE) si bien "en los términos que establezcan los tratados y la ley", por cuanto se trata de un "derecho de configuración legal". [-]
Given the importance of legally protected interests, health protection in the Spanish language tends to be understood in terms of universality, applying impersonal formulae: “se reconoce” [“it as acknowledged”], without ... [+]
Given the importance of legally protected interests, health protection in the Spanish language tends to be understood in terms of universality, applying impersonal formulae: “se reconoce” [“it as acknowledged”], without specifying the particular recipient. Another technique commonly applied is the used of open, inclusive clauses: “de todos” [“everyone’s”]. For that reason it is acknowledged that health protection is an individual right rather than a global right of citizens, without prejudice to particular specifications in certain fields (section 40.2 of the Spanish Constitution, on the rights of workers). For this reason the right is extended to immigrants (section 13.1 of the Spanish Constitution), even if it is applied “in accordance with the Treaties and the Law” since it stands as a fundamental right in need of the relevant legislation in order to be enforced. [-]
Publicado en
Estudios Financieros: Revista de Trabajo y Seguridad Social (2016), n. 404Derechos de acceso
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