La nueva reforma del Código Penal como posible estímulo a la esperada regulación preventiva del acoso moral en el lugar de trabajo
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Mostrar el registro completo del ítemcomunitat-uji-handle:10234/9
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INVESTIGACIONMetadatos
Título
La nueva reforma del Código Penal como posible estímulo a la esperada regulación preventiva del acoso moral en el lugar de trabajoAutoría
Fecha de publicación
2016Editor
Thomson ReutersCita bibliográfica
TRUJILLO PONS, Francisco. La nueva reforma del Código Penal como posible estímulo a la esperada regulación preventiva del acoso moral en el lugar de trabajo. Información laboral (2016), n. 7, pp. 1-8Tipo de documento
info:eu-repo/semantics/articleVersión de la editorial
http://www.tienda.aranzadi.es/productos/revistas/revista-de-informacion-laboral/ ...Palabras clave / Materias
Resumen
«On December 23, 2010, in Spain, it entered into force in Organic Law 5/2010 of 22 June,
amending the Criminal Code. This new amendment visualized for the first time in our country,
mobbing or harassment in a workplace ... [+]
«On December 23, 2010, in Spain, it entered into force in Organic Law 5/2010 of 22 June,
amending the Criminal Code. This new amendment visualized for the first time in our country,
mobbing or harassment in a workplace from a legal point of view. In general terms, it criminalizes
against moral integrity, the situation caused by a person in the workplace, do against another
repeatedly hostile or humiliating acts, without constituting degrading treatment, pose serious
harassment against the victim. No doubt this is a significant advance from a criminal context, which in
turn, can also result in preventive terms, as a stimulus to a desired regulation of psychosocial risk.
However, currently, the Spanish lawmaker has still not made the necessary effort to protect the
incidence of mobbing in the safety and health of workers.» [-]
«El 23 de diciembre de 2010, en España, entró en vigor en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio,
por la que se modifica el Código Penal. Esta nueva modificación visualizó, por vez primera en
nuestro país, el acoso ... [+]
«El 23 de diciembre de 2010, en España, entró en vigor en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio,
por la que se modifica el Código Penal. Esta nueva modificación visualizó, por vez primera en
nuestro país, el acoso laboral o mobbing desde un punto de vista legal al tipificar, en términos
generales, como delito contra la integridad moral, la situación provocada por todo individuo que en el
ámbito del trabajo, realice contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a
constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima. Sin duda, ello supone un avance
significativo desde un marco penal, que a su vez, también puede resultar en términos preventivos,
como un estímulo para una deseada regulación del riesgo psicosocial. Sin embargo, a día de hoy, el
legislador español sigue sin haber realizado el esfuerzo necesario para proteger la incidencia del
acoso laboral en la seguridad y salud de los trabajadores.» [-]
Publicado en
Información laboral (2016), n. 7Derechos de acceso
http://rightsstatements.org/vocab/CNE/1.0/
info:eu-repo/semantics/openAccess
info:eu-repo/semantics/openAccess
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