Las agencias de colocación con la forma jurídica de empresa de economía social
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Title
Las agencias de colocación con la forma jurídica de empresa de economía socialAuthor (s)
Tutor/Supervisor
Mateu Carruana, María JoséTutor/Supervisor; University.Department
Universitat Jaume I. Unitat Predepartamental de Dret del Treball i Seguretat Social i Eclesiàstic de l'EstatDate
2014Publisher
Universitat Jaume IAbstract
La crisis económica que atravesamos actualmente unida al problema del alto nivel de
desempleo en nuestro país ha abocado a los dirigentes españoles a la apertura de
nuevas sendas que sostengan la economía a través ... [+]
La crisis económica que atravesamos actualmente unida al problema del alto nivel de
desempleo en nuestro país ha abocado a los dirigentes españoles a la apertura de
nuevas sendas que sostengan la economía a través de medidas con una naturaleza o
intención de acción inmediata.
Por tanto, el problema del desempleo no únicamente afecta al ámbito laboral,
podemos comprobar perfectamente que la falta de empleo generalizado en un país se
convierte de forma rápida en un problema para el conjunto de la sociedad, y por tanto
en un problema social, de exclusión y de limitación de oportunidades para el sector
más desfavorecido por las circunstancias existentes.
La obtención de un empleo es realmente la clave para lograr la inclusión social y la
única medida que terminará siendo rentable a medio y largo plazo.
En nuestro país, las agencias de colocación aparecieron en los años ochenta e
independientemente de la zona de España y de la situación económica de la misma,
en mayor o menor medida han jugado un papel importante a nivel laboral y social para
la ciudadanía.1
Las agencias de colocación tienen como principal función buscar a las personas
adecuadas para las demandas de empleo que reciben de las empresas interesadas en
realizar contrataciones de trabajadores. Para ello poseen diferentes herramientas y
sistemas de canalización que utilizan con el fin de realizar dicha tarea de la mejor
manera posible. Las agencias de colocación son un instrumento real para la creación de empleo en
nuestro país y su utilización de una manera dinámica, útil y eficiente puede ayudar
notablemente a las personas trabajadoras a encontrar un empleo y que mejore
considerablemente su situación laboral, económica y social. Es por esto que la visión
que debería tener nuestro país con respecto a las agencias de colocación es el de una
herramienta muy válida para paliar los efectos laborales tan devastadores que están
paliando el ánimo de muchas personas que luchan cada día por salir hacia adelante.
Centrándonos en la legislación vigente actual en España podemos apuntar que el Real
Decreto 1796/2010 de 30 de diciembre regula las agencias de colocación publicado en
el BOE como legislación consolidada y con fecha de última modificación de 03 de
agosto del año 2013 procede al desarrollo reglamentario de la Ley 35/2010, de 17 de
septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, regulando el
régimen de autorización y la actividad de las agencias de colocación que realicen
actividades de intermediación laboral.
Las agencias de colocación obligatoriamente necesitarán una autorización concedida
por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), dicha autorización será única y
tendrá validez para gestionar ofertas de trabajo y solicitudes de empleo en todo el
territorio español. Si una agencia de colocación desea abrir más de un centro en
distintas comunidades autónomas deberá solicitar una ampliación de su solicitud para
ello.
Toda la información de las agencias que poseen autorización queda integrada en un
espacio telemático común de acceso público, esto aumenta el énfasis que se ha
instaurado de que este tipo de actividad sea transparente.
Para que las agencias de colocación puedan obtener financiación por parte del SPEE, las mismas deberán tener firmado o suscrito un convenio de colaboración.
Algo novedoso a la par que importante de la Ley 35/2010 de 17 de septiembre fue la
introducción de las agencias de colocación con ánimo de lucro. Dicha Ley eliminó la
prohibición existente hasta ese momento de que las agencias de colocación creadas
en España pudieran tener este ánimo lucrativo.
El principal objeto del RD 1976/2010 es regular el régimen de autorización y la
actividad de las agencias de colocación que realicen actividades de intermediación
laboral. Dichas agencias poseerán un espacio telemático común con el Servicio Público de
Empleo Estatal para tener una sincronía y estar totalmente actualizados respecto a las
ofertas laborales existentes en cada momento para intentar cubrirlas.
Para asegurar un adecuado comportamiento y funcionamiento y que no se caiga en
una mercantilización acentuada de este tipo de actividad, las nuevas agencias de
colocación con ánimo de lucro se someten a un control por parte del poder público. [-]
Subject
Description
Treball Final de Grau en Relacions Laborals i Recursos Humans. Codi: RL0947. Curs: 2013/2014
Type
info:eu-repo/semantics/bachelorThesisRights
http://rightsstatements.org/vocab/CNE/1.0/
info:eu-repo/semantics/restrictedAccess
info:eu-repo/semantics/restrictedAccess