Acerca de la indumentaria religiosa en los centros penitenciarios. Referencia especial al auto 17/7/2017 de la Audiencia Nacional (CASO SOUKAINA ABOUDRAR)
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Título
Acerca de la indumentaria religiosa en los centros penitenciarios. Referencia especial al auto 17/7/2017 de la Audiencia Nacional (CASO SOUKAINA ABOUDRAR)Autoría
Fecha de publicación
2018Editor
IustelISSN
1696-9669Cita bibliográfica
CAMARERO SUÁREZ, María Victoria. Acerca de la indumentaria religiosa en los centros penitenciarios. Referencia especial al auto 17/7/2017 de la Audiencia Nacional (CASO SOUKAINA ABOUDRAR). Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, 2018, núm. 47Tipo de documento
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Resumen
Los establecimientos penitenciarios constituyen un espacio privilegiado de actuación de la religiosidad para los creyentes con una significación de especial importancia. Sin embargo, constituyen un ámbito con una muy ... [+]
Los establecimientos penitenciarios constituyen un espacio privilegiado de actuación de la religiosidad para los creyentes con una significación de especial importancia. Sin embargo, constituyen un ámbito con una muy reducida protección de símbolos personales, respecto de quienes se encuentran privados de libertad. El uso del hiyab ha sido objeto de atención por primera vez en la Audiencia Nacional con un resultado contradictorio. Si en un primer momento se permite, finalmente se resuelve con una fundamentación jurídica no ajustada a los términos en que se proyecta el conflicto; sin el respeto a la presunción de inocencia; y, con una medida de prohibición del hiyab no justificada, inmersa en un discurso de prevención del terrorismo islámico, ante la ausencia de un problema real y acreditado de orden público. En contraste, la rigurosa fundamentación del Tribunal Supremo de EE.UU. en la decisión Holt, constituye un ejemplo de manual respecto a la defensa de la libertad religiosa, en un ámbito como el carcelario, que por su singularidad requiere minuciosos análisis jurídicos. [-]
Penitentiary establishments constitute a privileged space of action of religiousness for believers with a significance of special importance. However, they constitute an area with very little protection of personal ... [+]
Penitentiary establishments constitute a privileged space of action of religiousness for believers with a significance of special importance. However, they constitute an area with very little protection of personal symbols, with respect to those who are deprived of their freedom. The use of the hijab has been the subject of attention for the first time in the National High Court with a contradictory result. First, it is allowed, and eventually, it is resolved with a legal analysis that is not adjusted to the terms in which the conflict is projected; without respect for the presumption of innocence; and, with an unjustified measure of prohibition of the hijab, immersed in a speech of prevention of Islamic terrorism, in the absence of a real and accredited problem of public order. In contrast, the rigorous analysis of the US Supreme Court in the Holt decision is a textbook example regarding the defence of religious freedom, in a field such as the prison system, which by its singularity requires thorough legal analysis. [-]
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Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, 2018, núm. 47Derechos de acceso
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