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dc.contributor.authorTrujillo Pons, Francisco
dc.date.accessioned2016-12-13T12:58:57Z
dc.date.available2016-12-13T12:58:57Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.citationTRUJILLO PONS, F. Comentario Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Social, Sección1ª) núm. 207/2015 de 4 de diciembre de 2015 relacionada con la obligatoriedad para las empresas de llevar un registro diario de la jornada de trabajo. EL LABORISTA. Num. 47. 2016. pp. 1-6.ca_CA
dc.identifier.issn2444-779X
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10234/165018
dc.description.abstractComo factor del contrato de trabajo, el tiempo de trabajo, está considerado como uno de los más esenciales dado que la jornada que realiza el trabajador constituye un elemento capital para su relación laboral al determinar el límite de su prestación. Durante este tiempo de trabajo, el trabajador está obligado a permanecer en la empresa realizando una labor que se considera como efectiva y, ello, porque en el contrato de trabajo formalizado en el que asumió dicha obligación conforme detalla el legislador español por medio del artículo 20.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET1, en adelante), el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquél, en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En este mismo sentido, el tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo (art. 34.5, ET). La duración de esta jornada de trabajo que será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo, como jornada ordinaria de trabajo tendrá como duración máxima: cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (art. 34.1, ET).ca_CA
dc.description.abstractAmong the elements in labour contracts, work times are considered of the essence, since the duration of the workday is a vital element regarding the nature and limits of the salary and benefits of a particular employee. Indeed, during their workday, employees are required to be in their respective work premises performing a number of tasks in an effective fashion, an obligation that stems from Article 20.2 of the Spanish Royal Decree 1/1995, dated 24 th of March, where the consolidated text of the Spanish Law regarding its Workers’ Statute (WS) is approved. The said piece of legislation reflects the obligation of employees to grant their employer the due diligence and cooperation established in the relevant legal dispositions, bargaining agreements and orders and instructions that their employer may put forward either in their capacity as managers or following the relevant customs and uses. Along the same lines, working times and shifts shall be measured under the premises that the employees shall be at their work place from the beginning to the end of their workday (WS, art. 34.5). The duration of a workday shall be agreed upon in the relevant bargaining agreements or labour contracts. As a general rule, the average of forty effective hours a week is established as a full-time work time for Spanish employees (WS, art. 34.1).
dc.format.extent6 p.ca_CA
dc.format.mimetypeapplication/pdfca_CA
dc.language.isospaca_CA
dc.publisherAsociación Nacional de Laboralistasca_CA
dc.relation.isPartOfEL LABORISTA. Num. 47. 2016ca_CA
dc.rightsCopyright © 2016 Asociación Nacional de Laboralistasca_CA
dc.rights.urihttp://rightsstatements.org/vocab/InC/1.0/*
dc.subjectjornada de trabajoca_CA
dc.subjectregistroca_CA
dc.subjectworking dayca_CA
dc.subjectwork scheduleca_CA
dc.titleComentario Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Social, Sección1ª) núm. 207/2015 de 4 de diciembre de 2015 relacionada con la obligatoriedad para las empresas de llevar un registro diario de la jornada de trabajoca_CA
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articleca_CA
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessca_CA
dc.relation.publisherVersionhttp://www.elaboralista.com/inicio/ca_CA


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